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Políticos, estamos en veda electoral

Políticos, estamos en veda electoral

Los candidatos y miembros de partidos deben saber que no se puede difundir propaganda electoral, distribuir objetos promocionales ni hacer caravanas antes del 3 de febrero.

 

Por Tribunal Electoral

El artículo 257 del Código Electoral señala que la campaña electoral es el conjunto de actividades pagadas que desarrollan los partidos políticos, precandidatos y candidatos durante un periodo determinado, destinadas a captar el apoyo del electorado, antes de un evento electoral.

El Tribunal Electoral reitera a los candidatos, a puestos de elección popular y partidos políticos, que estamos en veda electoral hasta el 2 de febrero de 2024, entendiéndose que no se puede efectuar actividades promoviendo a candidatos o partidos políticos ni utilizar propaganda electoral.

 

Desde el 3 de febrero de 2024 se inicia la campaña electoral con actividades proselitistas de cara a la Elección General  del 5 de mayo de 2024, por un periodo de 90 días.

 

Durante la veda electoral queda prohibida la difusión de propaganda electoral, pagada o donada a favor o en contra de ciudadanos o partidos, caravanas y concentraciones. Deben abstenerse de repartir artículos promocionales, patrocinio de eventos con nombre de partido y pautas en medios de comunicación convencionales y digitales.

El Tribunal Electoral  invita  a los políticos a no violar la veda electoral. En el 2024, más de 3 millones votarán para renovar a las autoridades: presidente, diputados, alcaldes y representantes de corregimiento.