Propaganda electoral debe ser removida

Propaganda electoral debe ser removida

La remoción no solo incluye vallas, carteles y mupis, sino también microperforados colocados en automóviles de uso particular o colectivo.

 

Por Tribunal Electoral

Los ciudadanos que optaron por una candidatura por libre postulación o a través de los partidos políticos, deben remover toda la propaganda política utilizada durante el periodo de campaña.

Esta propaganda incluye las vallas, los mupis, carteles, microperforados colocados tanto en vehículos colectivos como particulares.

 

El artículo 265 del Código Electoral establece: “La propaganda debe estar removida al vencimiento del periodo de campaña respectivo por el partido político, precandidato, candidato responsable o la empresa responsable de su colocación o remoción”.

 

En caso de incumplimiento y, si se trata de propaganda fija, la Dirección Regional de Organización Electoral respectiva procederá a su remoción, decomiso y sanción de los responsables.

El artículo 585 señala que se sancionará con multas que van desde B/ 1 000 hasta B/ 5 000 a los partidos políticos, precandidatos, candidatos o agencias publicitarias que no remuevan su propaganda electoral fija a más tardar la medianoche del jueves anterior a las elecciones de sus respectivas agrupaciones políticas.

La institución mantiene programas permanentes de capacitación, para que los eventos electorales se desarrollen con fundamento en los principios de transparencia, rendición de cuentas y justicia.