Escollos que presenta la justicia comunitaria de paz

Escollos que presenta la justicia comunitaria de paz

Administrada a través de un juez de paz y el mediador comunitario, la Justicia Comunitaria de Paz nace mediante la ley 16 del 17 de junio del 2016. Este sistema reemplaza la figura de los corregidores, y busca promover la solución efectiva de las controversias y la convivencia pacífica.

La Alianza Panameña Pro Justicia presentó un informe sobre las dificultades que enfrenta este nuevo sistema de justicia, el cual arrojó que presenta un importan-te número de escollos que le impiden cumplir con los objetivos para los cuales fue planteada, siendo el tema de los jueces de paz un punto delicado.

Pero, ¿quién es el Juez de Paz? En información que se encuentra disponible dentro de la página web del Ministerio de Gobierno, se informa que  el Juez de Paz es la autoridad encargada de prevenir y sancionar las conductas y actos que alteren la paz y la convivencia pacífica en los corregimientos.

El Juez de Paz y el personal que integra la Casa de Justicia Comunitaria, cumplirán con lo estipulado en el Código de Ética de los Servidores Públicos.

Cifras

El informe de la Alianza Panameña Pro Justicia detalla que Panamá cuenta con 679 corregimientos, lo que quiere decir que cada uno debe poseer una Casa de Justicia de Paz con su respectivo juez; no obstante, hasta la fecha que se culminó el estudio habían solamente 297 jueces de Paz nombrados de acuerdo a la Ley y unos 135 jueces interinos.

La falta del personal nombra-do para suplir esta necesidad se suma a otros problemas que atraviesa La Justicia Comunitaria de Paz.

El estudio destaca que los Jueces de Paz no están suficiente-mente capacitados, siendo necesario que sean ilustrados en las herramientas restaurativas que deben  utilizar para resolver los conflictos comunitarios.

La presidenta de la Alianza Pro Justicia, Magaly Castillo expresó que el candidato que aspire a  ser juez de Paz debe tener una alta vocación en prevención de violencia, que su principal objetivo es atender de manera eficiente los conflictos, darle una solución a los ciudadanos, y no actuar con una actitud impositiva o legalista.

“Es un amigable componedor, es un mediador, un facilitador, que logra -si no se llegan a acuerdos por la vía del diálogo y de la resolución pacífica- tomar una decisión basada en su sana crítica”, acotó.

Reiteró que el juez debe procurar que la comunidad se acerque, el reconstruir el tejido social y buscar la convivencia comunitaria.

Aunado a ello, indicó que el juez de paz tiene que ser una persona que crea en la cultura de paz, que tenga vocación por el dialogo y por el trato humano, respetuoso del derecho humano de la gente que llega a su despacho, que no debe actuar como un policía ni un juez legalista, sino como un mediador que tiene que buscar una solución sana ante los conflictos que se dan todos los días en los barrios y comunidades.

Presupuesto, factor primordial

El informe refleja que la falta de un presupuesto inicial exclusivo ha sido el principal problema que atraviesan. Las Casas de Justicia están funcionando en las sedes que poseían las corregidurías, con el mismo mobiliario y difíciles condiciones de trabajo.

Castillo puntualizó que es necesario que se defina el presupuesto para las Casas de Justicia, para que se pueda nombrar al personal, porque actualmente están funcionando con un grupo mínimo, que son nada más que el Juez de Paz y un personal secretarial.

Destacó que ese personal en su mayoría proviene de las corregidurías y muchos de ellos, no han sido capacitados.

Este mal se extiende  hasta los propios jueces de paz. La presidenta de la Alianza Pro Justicia afirmó que la mayoría  en el país, nada más han recibido una capacitación inicial previa al nombramiento, calificando el problema como serio.

Reconoció que estas capacitaciones son costosas y que recientemente se dio una en la ciudad de Panamá por parte de la Secretaría de Descentralización del Estado.

Adelantó que próximamente realizarán otra dirigida a las provincias; empero, esta entidad invierte una cantidad importante en este renglón, sobre todo para el traslado de docentes y que llegan en ocasiones a quedarse sin recursos.

Carencia de infraestructuras

Sobre las sedes de las Casas de Justicia señaló que el 50% de los corregimientos del país no tienen en estos momentos Casas de Justicia, es decir no se está brindan-do el servicio de justicia de paz.

Calificó el hecho como grave pues existen corregimientos en el país en donde antes había una corregiduría, pero que hoy no tienen una Casa de Justicia porque los alcaldes decidieron cerrarlas.

Reiteró que esta situación está trayendo problemas, porque hay panameños sobre todo en los lugares apartados del país que no tienen una justicia accesible a ellos, para resolver los conflictos que agobian a la comunidad, entre ellos conflictos vecinales considerados a veces tontos pero que se pueden convertirse en graves problemas,   al igual que problemáticas como la pensión alimenticia y la violencia intrafamiliar.

La presidenta de la Alianza Pro Justicia invitó a la comunidad se involucre en temas de Justicia Comunitaria de Paz.

Expuso que antes cuando existían las corregidurías, la comunidad no se preocupaba  por dichas oficinas, puesto que nada más iban a resolver sus problemas, y todo el mundo las criticaba y en consecuencia no querían saber de los corregidores.

Subrayó que las Casas de Justicia son diferentes,  y se necesita la participación de los ciudadanos.

“Nosotros invitamos a las Iglesias, a los municipios, a las madres–maestras, a toda la gente de la comunidad a que se acerque a las casas de justicia a que conversen con sus jueces de paz y así se conviertan en colaboradores”, agregó.

Concluyó que  la Casa de Justicia es un espacio de participación de la sociedad, en done la comunidad, los grupos de vecinos juegan un papel importante al igual que las Iglesias.