Iglesia Católica reitera en promover los cuidados paliativos y no la eutanasia

Iglesia Católica reitera en promover los cuidados paliativos y no la eutanasia

En Panamá, la eutanasia está expresamente prohibida por la Ley 68 del año 2003 (V, 32), pero el tema merece una reflexión desde el punto de vista humano y cristiano.

P. Miguel Ángel Keller

Siete países del mundo, entre ellos nuestra vecina Colombia, han aprobado legalmente la práctica de la eutanasia. En Panamá sigue siendo un tema prohibido en el cuerpo legal.

EUTANASIA es un término griego que significa “buena muerte”. Algo que sin duda todos deseamos. Pero en el contexto actual expresa algo muy diferente. Es la acción médica por la cual se acelera o causa la muerte de un enfermo terminal (que padece una enfermedad incurable e irreversible, que con toda probabilidad acabará con su vida en poco tiempo) para evitar su sufrimiento. En pocas y escuetas palabras, es matar el enfermo para que no sufra. Así lo entendía y practicaba por ejemplo una famosa enfermera holandesa, conocida como “el ángel de la muerte”, que confesó haber quitado la vida en poco tiempo a más de tres mil ancianos y enfermos terminales. La forma de practicar la eutanasia puede ser más activa (solución de cianuro, sobredosis de morfina o sustancia cardioestática) o pasiva (omisión o suspensión de tratamientos), pero la finalidad y el resultado es el mismo.

Es fácil entender entonces que se trata de acabar con una vida humana, y que choca directamente contra el quinto mandamiento, constituyendo un gesto homicida. Así lo ha declarado reiteradamente la tradición y el magisterio de la Iglesia católica, más recientemente por ejemplo el Concilio Vaticano II (Gaudium et spes, 27), la Congregación para la Doctrina de la Fe (Declaración del 5 mayo 1980), Catecismo de la Iglesia católica, 2277), Juan Pablo II (Evangelium vitae, 65), y Francisco (comentarios sobre Samaritanus bonus, Congregación para la Doctrina de la Fe, 22 septiembre 2020).

El mismo rechazo y condena se expresa en la Declaración conjunta de las religiones monoteístas abrahámicas (judaísmo, cristianismo, islam) firmada en Roma el 28 de octubre de 2019: “La eutanasia y el suicidio asistido por un médico son intrínsecamente y por lo tanto moral y religiosamente equivocadas y deberían prohibirse sin excepción. Cualquier presión y acción sobre los pacientes para inducirles a que pongan fin a sus vidas es categóricamente rechazada”

Cuidados Paliativos
  • “Tienen como objetivo conseguir la mejor calidad de vida a las personas que padecen una enfermedad incurable y progresiva, cuando ya no es posible la cura”.
  • “Todo paciente en fase terminal debe recibir la asistencia paliativa mejor y más completa posible: física, emocional, social, religiosa y espiritual”.
  • Nunca pueden incluir la posibilidad de eutanasia o de suicidio asistido, los documentos citados también incluyen la asistencia espiritual al paciente y a su familia.
  • Ningún agente sanitario debería ser coaccionado o presionado para ayudar directa o indirectamente a la muerte deliberada e intencional de un paciente mediante el suicidio asistido”.

Como explica y aclara perfectamente “Samaritanus bonus”, es importante decir que la Iglesia tampoco aprueba la distanasia o empeño desproporcionado en mantener con vida a un enfermo terminal cuyo fin es naturalmente inevitable, recurriendo al llamado “ensañamiento terapéutico”: se le mantiene vivo a base de tratamientos extraordinarios y conexión a máquinas con tal de mantener una vida que ya no puede en realidad considerarse humana. Así, el Documento afirma que “tutelar la dignidad del morir significa tanto excluir la anticipación de la muerte como el retrasarla con el llamado ‘ensañamiento terapéutico’”, que es posible gracias a los medios de la medicina moderna, capaz de «retrasar artificialmente la muerte, sin que el paciente reciba en tales casos un beneficio real». Y por lo tanto, ante la inminencia de una muerte inevitable, «es lícito en ciencia y en conciencia tomar la decisión de renunciar a los tratamientos que procurarían solamente una prolongación precaria y penosa de la vida», pero sin interrumpir el tratamiento normal debido al enfermo. La renuncia a los medios extraordinarios y desproporcionados expresa, por lo tanto, la aceptación de la condición humana frente a la muerte. Pero la alimentación y la hidratación deben estar debidamente garantizadas porque «un cuidado básico debido a todo hombre es el de administrar los alimentos y los líquidos necesarios».

MISIÓN. Los cuidados paliativos incluyen la asistencia espiritual al paciente y a su familia.

La Iglesia defiende por eso el derecho a morir con dignidad (ortotanaxia, o “muerte correcta”, que excluye tanto la eutanasia como la distanasia. Lo que implica sobre todo los CUIDADOS PALIATIVOS, «un instrumento precioso e irrenunciable» para acompañar al paciente: la aplicación de estos cuidados reduce drásticamente el número de los que piden la eutanasia. Entre los cuidados paliativos, que nunca pueden incluir la posibilidad de eutanasia o de suicidio asistido, los documentos citados también incluyen la asistencia espiritual al paciente y a su familia. “Todo paciente en fase terminal debe recibir la asistencia paliativa mejor y más completa posible: física, emocional, social, religiosa y espiritual. El campo relativamente nuevo de los cuidados paliativos ha hecho grandes avances y es capaz de proporcionar un apoyo integral y eficiente a los pacientes terminales y a sus familias. Por lo tanto, fomentamos los cuidados paliativos para el enfermo y su familia al final de la vida. Los cuidados paliativos tienen como objetivo conseguir la mejor calidad de vida a las personas que padecen una enfermedad incurable y progresiva, cuando ya no es posible la cura. Expresan la noble devoción humana de cuidar de los demás, especialmente de los que sufren. Los servicios de cuidados paliativos comportan un sistema organizado y altamente estructurado para la prestación de cuidados y son fundamentales para la realización de la misión más antigua de la medicina: «cuidar al enfermo incluso cuando ya no hay cura.»

LEYES. Deben proteger los derechos y la dignidad del paciente terminal.

Así lo hacen de hecho en Panamá los médicos que no multiplican extraordinarios tratamientos y aconsejan a la familia llevar al enfermo terminal a su domicilio para que termine su vida rodeado del cariño de los suyos y bien cuidado física y espiritualmente.

En conclusión, es preciso apoyar las leyes y políticas públicas que protejan los derechos y la dignidad del paciente moribundo, con el fin de evitar la eutanasia y promover los cuidados paliativos. Y proclamar así mismo que ningún agente sanitario debería ser coaccionado o presionado para ayudar directa o indirectamente a la muerte deliberada e intencional de un paciente mediante el suicidio asistido o cualquier forma de eutanasia, especialmente cuando esa praxis va en contra de sus creencias religiosas. Debe ser respetada la objeción de conciencia a actos que entren en conflicto con los valores éticos de una persona, aunque tales actos hayan sido declarados legales a nivel local, o por ciertos grupos de ciudadanos. Las creencias personales sobre la vida y la muerte ciertamente caen dentro de la categoría de objeción de conciencia que debe ser respetada universalmente.